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La unión de dos personas en el mundo moderno ha evolucionado. También lo ha hecho en el derecho español con la creación de la figura de la pareja de hecho. Esta otorga una forma de reconocimiento a las parejas que no habían formalizado esta situación pero desarrollaban su vida como pareja.

¿Comó era antes?

Anteriormente solo existía el reconocimiento legal de las parejas que habían contraído matrimonio. Sin embargo, en la actualidad la figura de pareja con reconocimiento no solo se ciñe al matrimonio. Desde el año 2005, se incluyen a las parejas homosexuales logrando la igualdad e integración sin importar el tipo de pareja.

¿Cuál es la diferencia entre el matrimonio y la pareja de hecho?

La principal diferencia entre estas dos figuras es el tema patrimonial. Es decir, los activos y los pasivos no se unen automáticamente con la configuración de la pareja de hecho.

Por otra parte, su disolución no conlleva el procedimiento relativo a la terminación de un matrimonio. Por ello, es más fácil la separación en caso de no querer seguir con dicha unión.

¿Para qué se desarrolló la figura de pareja de hecho?

Esta figura pretende reconocer las uniones de personas que no quieran celebrar un matrimonio, pero que ante ciertas actuaciones públicas requieran demostrar dicha situación.

Actualmente, tienen los mismos derechos las personas que han contraído matrimonio y las personas que están registradas como pareja de hecho. De este modo, pueden solicitar la tarjeta de familiar comunitario aquellos que comprueben encontrarse en esta situación.

¿Qué requisitos necesito para registrarme como pareja de hecho?

Los requisitos para el registro en España dependerán de la comunidad autónoma. En líneas generales se solicitará:

  • Certificado de nacimiento de aquellos que sean extranjeros

Asimismo, en algunas localidades se podrá exigir un tiempo mínimo de convivencia y certificado de soltería a los extranjeros que quieran formalizar su situación.

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