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La globalización nos ha dejado muchas cosas buenas y las familias de diferentes nacionalidades han sido una de ellas. Por eso vemos procesos como el familiar comunitario y la reagrupación familiar de forma mas común, ya que hay más uniones multiculturales y, por ende, más movimiento de personas de un país a otro.

España ha buscado la manera de proveer opciones para los nacionales y residentes para poder vivir en la península ibérica con sus familiares (ascendiente, descendientes y cónyuges o parejas de hecho) mediante los procedimientos que ya nombramos y que te explicaremos a continuación.

Tarjeta de familiar comunitario

Los ciudadanos europeos por las prerrogativas de las que gozan por ser nacionales de países que pertenecen a la Unión Europea tienen un procedimiento especial para la gestión de esta tarjeta, donde demostrando la filiación y los medios económicos para la manutención de los hijos menores de edad y de la pareja pueden gestionar su residencia en el país.

Este proceso se hará de distinta forma dependiendo de la nacionalidad del familiar, ya que la tarjeta que será emitida dependerá de ello. Es por esto que los familiares del residente o del español que sean también europeos, obtendrán un documento denominado Certificado de la Unión Europea . Sin embargo, los familiares no europeos recibirán una Tarjeta de Identificación de extranjero (TIE).

Para la gestión del TIE, a diferencia del certificado europeo, se debe solicitar antes de su emisión una autorización por parte de la oficina de extranjería, que será la encargada de evaluar la documentación que acredita la relación familiar, los medios económicos y la posesión de una vivienda adecuada para la familia, lo cual se demuestra por medio del padrón.

Una vez se obtenga la aprobación por parte de la oficina de extranjería, se procederá a asistir a la comisaría de policía para la gestión de la tarjeta. Por otra parte, los ciudadanos europeos deberán solamente asistir a la comisaria de policía y obtener su certificado de ciudadano de la unión europea como familiar comunitario.

Reagrupación familiar

En el caso de los nacionales de terceros países que tengan permiso de residencia en España, podrán de igual forma traer a su familia en igualdad de condiciones siempre que demuestren la filiación, la capacidad económica y la tenencia de una vivienda adecuada para el reagrupante y los reagrupados.

El procedimiento se realiza ante la oficina de extranjería, la cual evaluará la solicitud y posteriormente se pronunciará sobre la viabilidad de la misma. El procedimiento se puede hacer con los reagrupados en origen o en España. Siempre es recomendado hacerlo antes de su llegada a España.

¿Qué ocurre con otros dependientes?

En la figura de familiar comunitario se prevén otros dependientes tales como ascendientes o algún otro familiar que, por razones comprobadas, necesiten del residente o del español en cuestión para sobrevivir, como lo podrían ser, hermanos o suegros entre otros.

Para realizar este procedimiento, se debe aportar toda la documentación que se requiere para hijos o parejas, además de aquella que demuestre la dependencia por parte de la tercera persona, tales como transferencias periódicas de dinero para su manutención o informes médicos que señalen la situación de invalidez total o parcial que el familiar presente.

¿Puede mi familiar trabajar con esta tarjeta?

Sí, los familiares comunitarios y los reagrupados gozan de los mismos derechos y deberes que quien solicitó su residencia, y mientras no ejercen actividades lucrativas pueden beneficiarse de la Seguridad Social de su familiar laboralmente activo, por lo que podrán gestionar de este modo la asistencia sanitaria sin ningún problema.

¿Y tú? ¿Ya trajiste a tu familia a España? Siempre puedes contar con nosotros para tus gestiones. Recuerda seguirnos en nuestras redes sociales para mantenerte actualizado sobre todas nuestras publicaciones de blog:

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