brexit 02 2

La salida del Reino Unido ya es un hecho y, aunque este año han pasado muchas otras cosas, la nueva normalidad en España nos ha recordado este evento. Es momento de revisar los impactos de esta separación, principalmente para los ciudadanos británicos que se encuentran en territorio español y necesitan su «NIE británico».

Para comenzar, es necesario destacar que todos los no españoles necesitaran un número de identificación de extranjero (NIE) para residir en España. Este número estará reflejado en una tarjeta que deberán portar como su identificación. En el caso de los europeos, esta tarjeta es de color verde y es denominada Certificado Europeo y hasta mitades de año también identificaba a los ciudadanos británicos.

¿Qué pasa ahora con los británicos?

El Reino Unido ya no pertenece a la Unión Europea y, por tanto, sus ciudadanos cambian también de estatus. Ahora son considerados ciudadanos nacionales de terceros países y, por ende, las normas que se les deben aplicar son las denominadas normas de régimen general de extranjería que, entre muchas otras cosas, incluyen la emisión de una tarjeta de extranjero(TIE) en un formato distinto.

Sin embargo, de conformidad con el Acuerdo de Retirada del Reino Unido, de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, se planeó el cambio paulatino del estatus de los ciudadanos británicos residentes en España al régimen general. De esta forma, los que ya son residentes no se ven afectados, y se otorga un lapso de 6 meses para gozar de la libre circulación a aquellos que decidan venir a España.

¿Cuáles son las nuevas medidas?

El gobierno español dictó la Resolución de 2 de julio de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Instrucción conjunta de la Dirección General de Migraciones y de la Dirección General de la Policía, por la que se determina el procedimiento para la expedición del documento de residencia previsto en el artículo 18.4 del Acuerdo de Retirada, regulando de este modo la forma de hacer el cambio de tarjeta o la emisión de la misma por primera vez para los británicos.

Para empezar, es necesario destacar que estos cambios y emisiones bajo este procedimiento solo serán hasta el 31 de diciembre de 2020, entendiendo que, después de este lapso, se considerará al Reino Unido un tercer país y todos sus nacionales que quieran obtener residencia española tendrán que seguir los procesos previstos para ellos. Procedimientos que son mucho más extensos y rigurosos.

¿Quiénes pueden obtener el NIE británico ahora?

  1. Residentes británicos con certificado europeo y menos de 5 años en el territorio español.
  2. Residentes británicos con certificado europeo y más de 5 años en el territorio español.
  3. Familiar no comunitario de residente británico con tarjeta de residencia
  4. Ciudadano británico sin certificado europeo.
  5. Familiar no comunitario de ciudadano británico sin certificado europeo.
  6. Ciudadano británico sin certificado europeo y más de 5 años residiendo en España.

En ese sentido, todos aquellos residentes (británico o familiar) que lleven menos de 5 años en territorio español deberán cambiar su tarjeta de residencia y se les otorgará una nueva con una vigencia de 5 años.

A aquellos que lleven más de 5 años (británico o familiar) y posean su tarjeta, se les concederá una tarjeta de residente permanente.

Los británicos que no posean tarjeta de residencia, deberán solicitar su NIE y, posteriormente, la emisión de su tarjeta. Una vez se obtenga esta tarjeta, podrán realizar la solicitud de tarjeta para el familiar no comunitario (si aplica).

Por último, el ciudadano británico que lleve en España más de 5 años sin haber obtenido su certificado europeo, podrá optar a la tarjeta de residente permanente, siempre y cuando pueda demostrar su residencia legal y continuada en el país.

Recuerda siempre seguirnos en nuestras redes sociales para mantenerte actualizado sobre todas nuestras publicaciones del blog.

Categories:

No responses yet

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *