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Si eres extranjero, pero has abierto tu nuevo negocio es España, el post de hoy te interesa. Hoy os vamos a hablar de los Convenios de Doble Imposición. Se trata de un tema complejo en el que puede que necesites ayuda de un experto. Por eso, desde People Global Relocation, os explicamos qué son los Convenios de Doble Imposición, a quiénes afectan, sobre qué impuestos tienen efecto, etcétera. Para ello, nos vamos a centrar en el caso concreto del Convenio de Doble Imposición entre España y Estados Unidos. 

¿En qué consiste un Convenio de Doble Imposición? 

Los Convenios de Doble Imposición (CDI) son acuerdos entre países con el objetivo de evitar la doble tributación de impuestos. Estos convenios pretenden proteger tanto a las personas físicas como jurídicas ante este posible problema y, además, evitar la evasión de impuestos. 

¿A qué impuestos afectan? 

En el caso concreto del convenio entre España y Estados Unidos, afecta a los siguientes impuestos españoles: 

  • IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) 
  • IS (Impuesto sobre Sociedades) 
  • IRNR (Impuesto sobre la Renta de No Residentes) 
  • IP (Impuesto sobre el Patrimonio) 

A estos impuestos hay que sumar los correspondientes impuestos sobre la renta de Estados Unidos. 

¿Qué es la Residencia Fiscal? 

En estos casos, lo primero que debemos hacer es averiguar en qué país tenemos que declarar nuestros ingresos. A veces, esto puede resultar complicado para quienes viajan de un país a otro y residen la misma cantidad de tiempo en ambos territorios. Por eso, el Convenio de Doble Imposición entre España y Estados Unidos establece que una persona será residente en España si: 

  • Pasa más de la mitad del año en territorio español. 
  • Sus principales actividades económicas están en España. 
  • Su cónyuge e hijos menores de edad residen en España. 

Sin embargo, cada país establece sus propios requisitos, por lo que, en ocasiones, es posible cumplir los requisitos para ser residente fiscal de dos países al mismo tiempo. En estos casos, el desempate se realiza de la siguiente manera: 

  1. Una persona se considerará residente del país en el que disponga de una propiedad permanente. 
  1. En caso de que esto no sea determinante, se estudiará en cuál de ellos se vive con mayor regularidad. 
  1. Si el paso anterior no es determinante, se considerará que una persona es residente fiscal del país del que posea la nacionalidad. 
  1. Si ninguno de los pasos anteriores consigue esclarecer la situación, serán las autoridades de cada país las que deban llegar a un acuerdo de forma amistosa para determinar en qué país eres residente fiscal. 

Recuerda que en People Global Relocation estamos a tu disposición para ayudarte en cualquier duda que te surja durante tu traslado y estancia en España. 

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